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PARA CONOCER COMO SE CREA UNA LEY EN COLOMBIA

TOMADO DE :http://www.senado.gov.co/component/k2/itemlist/category/208-como-funciona-el-congreso

A veces nosotros como colombianos, o como representantes de una institución o sector, tenemos una opinión específica sobre los proyectos que el Congreso está estudiando y discutiendo.Estas observaciones pueden ser expuestas en la comisión que estudia el tema, en lo que se llama audiencias públicas, para que los congresistas las tomen en cuenta y si están de acuerdo las incluyan en el texto del proyecto de ley.  

A pesar de que los congresistas representan la voluntad del pueblo, la participación nuestra es muy importante porque hoy la democracia no se basa sólo en la votación y elección de nuestros representantes, sino también en la participación directa y continua en los procesos de toma de decisiones.

En la medida en que nosotros participemos más activamente en estos procesos, en esa misma medida seremos constructores de la democracia colombiana y arquitectos de una nueva Colombia. Es por eso que el Congreso de la República y todos sus funcionarios te invitan a ser parte de esta Corporación.

Una vez que cada cámara ha aprobado en dos debates el proyecto de ley este se envía a la Presidencia de la República para su sanción.La sanción en este caso quiere decir ratificación ya que la rama ejecutiva también lo estudia, y si está de acuerdo lo sanciona y lo promulga para que el país entero conozca la nueva ley y la cumpla.

Puede ser que el Presidente considere que el proyecto de ley es inconstitucional o que no esté de acuerdo con el contenido del mismo y en este caso el gobierno puede devolverlo al Congreso, a la cámara donde se originó, para que sea estudiado nuevamente.Este trámite se conoce como objeción presidencial al proyecto de ley.

Este es el recorrido que tiene que hacer un proyecto para convertirse en ley de la República.Parece que son muchos pasos, pero la idea es que antes de ser aprobado el proyecto los congresistas y los ciudadanos en general puedan estudiar bien el tema para no cometer errores y hacer lo mejor para el país y sus ciudadanos.

Si el proyecto de ley es aprobado en la plenaria de la corporación, en donde se inició el trámite, el Presidente de la misma lo remitirá al Presidente de la otra cámara con los antecedentes y todos los documentos necesarios.

En la nueva cámara el proyecto de ley, con los antecedentes, comienza el proceso de la misma forma que en la cámara anterior; de esta manera el proyecto de ley primero se envía a la misma comisión designada en la otra corporación según el tema y posteriormente a la plenaria.En ambos casos el proyecto se discute de acuerdo con las reglas descritas anteriormente.

Una vez que está lista la ponencia para segundo debate se envía a publicar para su posterior discusión en la Plenaria de la respectiva cámara, sea Senado o Cámara de Representantes.El coordinador ponente explica ante la plenaria el proyecto y la ponencia, posteriormente pueden tomar la palabra los congresistas y los ministros para opinar; esto es muy parecido a lo realizado en comisión.

Después de la intervención del ponente comienza la discusión del proyecto en su totalidad o por artículos específicos si es solicitado.Durante esta etapa el proyecto puede ser modificado; sin embargo, si los cambios hacen que el proyecto sea muy diferente al primero la Plenaria puede decidir si lo envía nuevamente a la comisión.

Una vez que los miembros de la Comisión han estudiado y discutido suficientemente el proyecto de ley, éste se vota en la misma y si se aprueba el Presidente de la Comisión le asigna uno o varios ponentes para segundo debate, que pueden ser iguales o distintos a los de la primera ponencia.El o los nuevos ponentes son los encargados de revisar una vez más el proyecto y por último de elaborar la ponenciapara el segundo debate en la plenaria de una u otra cámara.

Una forma en la que votan los congresistas, cuando discuten un proyecto de ley, es levantando la mano.

Cuando el informe de ponencia está listo se envía a publicar en la Gaceta del Congreso; después la comisión se reúne para conocerlo y debatir sus inquietudes.Los informes de ponencia pueden recomendar debatir el proyecto y en éste caso comienza a discutirse.Si por el contrario, la ponencia propone archivar el proyecto la Comisión discute esta propuesta; y si la acepta el proyecto se archiva.

Si algún miembro de comisión lo solicita, la discusión del proyecto puede hacerse artículo por artículo y a su vez considerar los cambios que se propongan.En este sentido los congresistas pueden proponer enmiendas, modificaciones, adiciones o supresiones a la totalidad del proyecto o a artículos específicos.

Cuando la comisión recibe el proyecto de ley el presidente de la misma le asigna uno o varios ponentes.Los ponentes son los congresistas encargados de estudiar el proyecto de ley y presentar un informe, denominado ponencia, sobre la conveniencia o no del proyecto, los beneficios que puede traer, las reformas que pueden hacérsele para mejorarlo, o también, el ponente puede manifestar que el proyecto no debería aprobarse porque considera que no sería bueno para el país.

Una vez que el proyecto de ley está listo se presenta el original y dos copias en la Secretaría General del Senado, de la Cámara de Representantes o públicamente en las plenarias.La Secretaría le asigna un número y lo clasifica de acuerdo con la materia, el autor y otros puntos de interés.Además el Presidente de cada cámara, de acuerdo al tema, decide cual comisión constitucional permanente es la que debe estudiar el proyecto para enviarlo a dicha comisión.Una de las cosas más importantes que hace la Secretaría en este momento es enviar el proyecto de ley a la Imprenta Nacional para la publicación en la Gaceta del Congreso y así todo el país puede conocer cuáles son los diferentes proyectos que tiene que estudiar el Congreso.

Las personas u órganos que tienen la facultad de presentar proyectos de ley deben estudiar muy bien el tema para saber bien cuál es la necesidad social o problema y cuáles son las posibles soluciones.Luego con la ayuda de expertos y con el insumo de la participación ciudadana debe redactarse el proyecto de ley.Todos los proyectos para que puedan ser estudiados deben cumplir varios requisitos, entre otros: deben tener un título o nombre que los identifique, el articulado y además una exposición de motivos en donde se explican las razones y la importancia del proyecto.


  • El Gobierno Nacional, a través de los ministros
  • La Corte Constitucional
  • El Consejo Superior de la Judicatura
  • La Corte Suprema de Justicia
  • El Consejo de Estado
  • El Consejo Nacional Electoral
  • El Procurador General de la Nación
  • El Contralor General de la República
  • El Fiscal General de la Nación
  • El Defensor del Pueblo
En este sentido, quizá una de las cosas más importantes que tiene la Constitución Política de Colombia es que también le da la posibilidad al pueblo de presentar proyectos de ley por medio del mecanismo de participación popular o iniciativa popular.Para ello se requiere un número de ciudadanos igual o mayor al 5% del censo electoral, un 30% de los concejales o un 30% de los diputados del país. Todos deberíamos aprovechar esta oportunidad, especialmente cuando creemos que una propuesta de ley nuestra puede ser de mucha importancia para el país.
Veamos cuáles son los pasos o el recorrido que debe tener un proyecto legislativo para convertirse en una nueva ley.

 

¿Cuáles tipos de comisiones hay?

No todas las comisiones son iguales, realmente existen cuatro tipos o clases de comisiones: las constitucionales permanentes, las legales, las especiales y por último las accidentales.

  • Comisiones constitucionales permanentes: Las comisiones constitucionales permanentes son quizá las de más importancia porque es allí donde se discuten los temas de mayor interés para el país.A estas comisiones les corresponde estudiar, discutir y aprobar en primer debate los proyectos de acto legislativo, que son aquellos que se refieren a reformas constitucionales, y los proyectos de ley.  Tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes existen siete comisiones constitucionales permanentes que se dividen por temas ya las que se les conoce como comisión primera o de Asuntos Constitucionales, segunda o de Relaciones Internacionales, tercera o de Hacienda y Crédito Público, cuarta o de Presupuesto, quinta o de Medio Ambiente, sexta o de Transportes y Comunicaciones, y séptima o de Salud y Seguridad Social.

  • Comisiones legales:  Existen tres comisiones legales, tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes. Estas Comisiones son: Comisión de los Derechos Humanos y Audiencias, la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista y la Comisión de Acreditación Documental. La Cámara de Representantes tiene dos comisiones legales más: la Comisión Legal de Cuentas y la Comisión de Investigación y Acusación.

  •  Comisiones especiales: Las comisiones especiales en algunos casos están compuestas por senadores y representantes en forma conjunta.Dentro de este tipo de comisiones se encuentran: las comisiones adscritas a organismos nacionales o internacionales que tengan un carácter decisorio o asesor; las comisiones especiales de seguimiento o vigilancia a los organismos de control público, a los organismos electorales y vigilancia del proceso de descentralización y ordenamiento territorial; y la Comisión de Crédito Público que es la encargada de presentar informes o correctivos sobre las operaciones de crédito externo que adelante el gobierno.
    El Senado tiene una comisión especial adicional que se denomina la Comisión de Instrucción.

  • Comisiones accidentales:  Las comisiones accidentales pueden ser designadas por los presidentes y las mesas directivas de las cámaras y también por sus comisiones permanentes con la idea de encargarles tareas, misiones o asuntos específicos.

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